Los lugares de culto pueden permanecer abiertos, independientemente de las celebraciones,
para que los feligreses y miembros puedan concurrir para requerir asistencia espiritual,
preferentemente con acuerdo previo con el ministro de culto, y realizar oraciones individuales,
atendiendo a las disposiciones sanitarias vigentes y tomando los recaudos necesarios de
distancia e higiene. En ninguno de los casos la cantidad de asistentes al templo o lugar de culto
podrá exceder el equivalente al treinta por ciento (30%) del factor ocupacional.
La cantidad de fieles en los eventos
programados no podrá superar el
equivalente al treinta por ciento
(30%) del factor ocupacional de la
nave o sala del Templo, los ministros
u oficiantes, más las personas que
recibirán a los fieles y se ocuparán de
la limpieza. Mantendrán siempre la
distancia mínima de separación de
dos metros.
Estas son algunos de los protocolos que deben seguir los lugares de culto a fin de prevenir posibles contagios.
para que los feligreses y miembros puedan concurrir para requerir asistencia espiritual,
preferentemente con acuerdo previo con el ministro de culto, y realizar oraciones individuales,
atendiendo a las disposiciones sanitarias vigentes y tomando los recaudos necesarios de
distancia e higiene. En ninguno de los casos la cantidad de asistentes al templo o lugar de culto
podrá exceder el equivalente al treinta por ciento (30%) del factor ocupacional.
La cantidad de fieles en los eventos
programados no podrá superar el
equivalente al treinta por ciento
(30%) del factor ocupacional de la
nave o sala del Templo, los ministros
u oficiantes, más las personas que
recibirán a los fieles y se ocuparán de
la limpieza. Mantendrán siempre la
distancia mínima de separación de
dos metros.
Estas son algunos de los protocolos que deben seguir los lugares de culto a fin de prevenir posibles contagios.